La AEPD sanciona a TALENTO MOTOR S.L. con 10 000 € por infracciones en mensajes SMS comerciales

El 20 de febrero de 2026 se hizo pública una resolución sancionadora de la AEPD. La empresa española TALENTO MOTOR S.L. fue multada con un total de 10 000 € por el envío ilícito de mensajes SMS comerciales. La sanción se divide en dos importes de 5 000 € cada uno, correspondientes a los incumplimientos de los artículos 21.1 y 21.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI).

Hechos del caso: usuarios presentaron denuncias por recibir SMS publicitarios de liquidación de existencias de KIA enviados por la empresa. La autoridad comprobó dos infracciones principales: en primer lugar, no se realizó la consulta a la Lista Robinson antes de enviar los mensajes comerciales; en segundo lugar, los SMS no incluían un canal efectivo de baja (opt‑out). Además, los mensajes se emitieron suplantando la identidad de “KIA”, sin mostrar datos de contacto reales.

Este caso constituye un precedente de advertencia relevante para los SMS comerciales A2P en España, y confirma tres obligaciones normativas imprescindibles: consultar la Lista Robinson antes de enviar comunicaciones comerciales; incorporar un mecanismo de baja operativo en cada mensaje comercial; prohibición de suplantar identidades de marca en el remitente. Las empresas que no cumplan estas reglas quedan expuestas a sanciones administrativas de la AEPD. Las empresas extranjeras que operen servicios A2P hacia España pueden utilizar este fallo como material de formación interna para sus proveedores.