El 13 de agosto de 2025 entró en vigor de forma obligatoria el régimen de rangos numéricos 600/809 de SUBTEL. Movistar Chile finalizó la transformación técnica de todos sus conmutadores de red, convirtiéndose en uno de los primeros operadores en dar cumplimiento a esta normativa. La empresa publicó públicamente los límites de uso, restricciones operativas y consecuencias por incumplimiento de ambos bloques numéricos, generando un referente práctico desde el lado del operador para los servicios de SMS y voz A2P.
Según la normativa, el rango 600 se utiliza para comunicaciones A2P de notificación con autorización previa del usuario: códigos de verificación, avisos de facturación, acuses de recibo gubernamentales, recordatorios contractuales y mensajes de cobranza. El rango 809 está reservado exclusivamente para mensajes comerciales y llamadas automáticas salientes que cuenten con el opt‑in escrito del usuario. En los acuerdos de puertos mayoristas SMPP de Movistar se especifica que si los proveedores mezclan o asignan erróneamente los rangos, el operador puede cerrar directamente los puertos mayoristas A2P, y el organismo regulador puede aplicar multas administrativas de hasta 5000 UTM.
El documento define también reglas especiales para la cobranza: los mensajes SMS de cobranza deben obligatoriamente usar el rango 600. Un fallo de la Corte Suprema de Chile de 2026 exime a las llamadas de voz de cobranza de la obligación de uso de estos prefijos. Las llamadas salientes de cobranza ya no requieren prefijo 600/809, pero deben respetar las restricciones de horario y frecuencia de llamadas.
Este mecanismo de rangos numéricos forma parte de la Agenda Nacional de Seguridad Digital de Chile. Permite a los usuarios distinguir rápidamente el tipo de comunicación y mitigar fraudes como la suplantación de identidad y cobros falsos. Los usuarios que reciban comunicaciones comerciales masivas que no utilicen los prefijos correspondientes pueden interponer denuncias directamente ante SUBTEL.
