El Ministerio de Economía de Chile, junto con SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor), lanzó en mayo de 2019 la nueva versión de la plataforma anti‑acoso publicitario “No Molestar”. Centraliza las solicitudes de los consumidores para rechazar SMS, llamadas y notificaciones publicitarias, estableciendo plazos obligatorios y sanciones para comunicaciones comerciales A2P, constituyendo un sistema operativo fundamental contra el spam publicitario en Chile.
Normas obligatorias clave: después de que el consumidor presenta una solicitud de exclusión publicitaria, la empresa debe cesar el envío de SMS, llamadas de voz, correos electrónicos y mensajes WhatsApp con fines publicitarios en un plazo de 24 horas hábiles. El usuario puede bloquear por canal individualmente y revocar su solicitud en cualquier momento. La plataforma envía automáticamente las peticiones de bloqueo al portal empresarial, y las empresas deben devolver acuses de recibo que acrediten la ejecución.
SERNAC puede realizar fiscalizaciones y presentar demandas judiciales contra empresas incumplidoras. La multa por cada consumidor afectado puede alcanzar hasta 300 UTM (aproximadamente 14 millones de pesos chilenos). Esta plataforma no exime a las empresas de la obligación legal de disponer de sus propios mecanismos de baja según la Ley de Protección al Consumidor. Las primeras denuncias se concentraron principalmente en telecomunicaciones, finanzas, seguros y retail; operadores como Claro, Movistar y Entel recibieron la mayor cantidad de solicitudes de bloqueo.
El sistema interactúa con la normativa de rangos numéricos 600/809 de SUBTEL. Todos los agregadores A2P y proveedores de servicios SP deben integrarse a la lista negra de “No Molestar” para bloquear automáticamente mensajes publicitarios hacia números incluidos. Las comunicaciones transaccionales no publicitarias, como avisos de cobranza, no están sujetas a las reglas de bloqueo de esta plataforma.
