La nueva normativa de Anatel refuerza la lucha contra la suplantación de números en Brasil y la responsabilidad mediante trazabilidad

Despacho Decisório nº 26/2026/COGE/SCO modifica la Resolución nº 978/2025. Se trata de un importante documento regulatorio de Anatel de Brasil sobre la suplantación de números, actualizado sobre la base de la Resolución 2024‑262. Establece un mecanismo de trazabilidad integral y sanciones para operadores, agregadores de SMS A2P y proveedores de comunicaciones en la nube, y también se aplica a las infracciones por suplantación del Sender-ID de mensajes SMS.

La nueva normativa exige que los proveedores de servicios de telecomunicaciones implementen medidas técnicas para bloquear llamadas irregulares y tráfico con origen suplantado. El regulador puede solicitar en cualquier momento los registros detallados de llamadas CDR y la lista completa de rutas de tráfico, y los proveedores deben entregarlos sin condiciones. Para las empresas que facilitan la suplantación de números, el regulador puede aplicar bloqueos preventivos de interconexión: hasta un mes en la primera infracción y un máximo de tres meses para reincidentes. El documento prohíbe expresamente el subarrendamiento y la reventa irregular de recursos de numeración. Los centros de llamadas y agregadores de SMS deben contratar los números directamente con los operadores, está prohibida la reventa en cadena.

Los contratos comerciales de los proveedores deben incluir cláusulas de responsabilidad de cumplimiento normativo. Si los clientes downstream cometen infracciones como suplantación de números o falsificación de Sender-ID, el proveedor puede suspender o dar de baja el servicio, y el infractor deberá asumir responsabilidad civil, administrativa e incluso penal. No se permite generar tráfico de negocio con códigos de acceso que no cumplan la normativa de numeración. Debido a recursos administrativos, la ejecución de algunos apartados de esta resolución se ha suspendido, pero las obligaciones esenciales de trazabilidad, bloqueo y prohibición de reventa de números siguen vigentes.

Los agregadores deben controlar estrictamente el Sender-ID de sus clientes downstream, prohibir la suplantación o falsificación de identificadores de remitente y conservar todos los registros de tráfico. Si los clientes finales incurren en suplantación, el propio agregador corre el riesgo de bloqueo de su puerto de interconexión.