El CRT de México modifica las reglas de identificación de usuarios de telefonía móvil y establece plazos escalonados de registro

El 30 de junio de 2026, el pleno del Comité Regulador de Telecomunicaciones (CRT) de México aprobó y publicó oficialmente el Acuerdo de Modificación de las Reglas de Identificación de Líneas de Telefonía Móvil. El documento se publicó simultáneamente en el Diario Oficial de la Federación y constituye un instrumento complementario de ajuste al sistema de registro con nombre real para líneas móviles puesto en vigor a finales de 2025.

El objetivo central de esta modificación es establecer un calendario de ejecución escalonado y diferenciado para el registro vinculado al nombre real de todas las líneas móviles del país, con el fin de aliviar la presión de implementación que el plazo único original suponía para operadores, usuarios rurales y microempresas. Con anterioridad, el CRT emitió en diciembre de 2025 las reglas básicas de identificación, que establecen que todas las líneas móviles prepagadas y pospagadas deben estar asociadas a los datos de identidad de personas físicas o morales. La medida busca erradicar las líneas anónimas y frenar delitos como fraude telefónico, extorsión y comunicaciones ilícitas; los operadores suspenderán el servicio a aquellas líneas que no completen el registro dentro del plazo establecido.

La normativa original exigía concluir el registro total de todas las líneas a partir de enero de 2026. Agentes del sector y prestadores de servicios en comunidades alejadas manifestaron grandes dificultades para cumplirlo. La presente modificación incorpora las opiniones sectoriales recabadas durante la consulta pública y establece plazos de gracia diferenciados: se fijan fechas límite distintas para cuatro tipos de líneas: líneas existentes, líneas nuevas, líneas exclusivas de Internet de las Cosas y líneas de itinerancia transfronteriza. Se especifica que las personas físicas pueden registrarse con credencial de elector, pasaporte o RFC personal, mientras que las empresas deben presentar el registro federal de contribuyentes; además, se detalla la lista de documentos de identidad válidos.

El documento modificado también delimita las responsabilidades legales de los operadores de telecomunicaciones. Se exige que los operadores habiliten canales de verificación de identidad en modalidad presencial y en línea, y simplifiquen los trámites de registro para comunidades rurales e indígenas. Se otorgan plazos de transición más amplios a proveedores de telecomunicaciones pequeños y medianos y a empresas de IoT, para equilibrar la seguridad regulatoria y los costos operativos del sector. El CRT señaló que la puesta en marcha del sistema de identificación por nombre real permitirá a las autoridades judiciales rastrear el origen de comunicaciones ilícitas y mejorar la gestión de la seguridad pública. Las nuevas disposiciones con plazos escalonados reducirán notablemente los obstáculos a la aplicación de la política y garantizarán la implementación estable del sistema de registro real en todo el territorio nacional.