La Resolução nº 765/2023 es el reglamento general de derechos de los consumidores de servicios de telecomunicaciones emitido por Anatel, la Agencia Nacional de Telecomunicaciones de Brasil. Establece validez legal a la lista negra contra acoso “Não Me Perturbe (No me moleste)”. Aplica a todos los proveedores de telecomunicaciones y agregadores de SMS A2P, define reglas obligatorias diferenciadas para los mensajes comerciales transaccionales y de marketing dentro de Brasil, y es una de las normativas más importantes del sector de SMS A2P brasileño.
La resolución clasifica los mensajes comerciales en dos grupos: mensajes transaccionales y mensajes de marketing. Los mensajes transaccionales incluyen códigos OTP de verificación, avisos de facturación, alertas de estado de cuenta y otras notificaciones operativas; no están sujetos a la lista negra Não Me Perturbe y pueden enviarse normalmente. Los SMS promocionales A2P de marketing están estrictamente regulados. Todos los operadores y agregadores deben consultar obligatoriamente la lista negra; los usuarios incluidos en ella no podrán recibir mensajes de marketing.
Se establecen obligaciones rígidas para los SMS de marketing: deben incluir un identificador válido del remitente; ofrecer un canal gratuito de baja con palabras clave de cancelación como SAIR y STOP; el horario de envío se limita a 08:00 a 21:00, y está prohibido enviar mensajes de marketing en días festivos nacionales. Los proveedores y agregadores que incumplan la norma recibirán sanciones por parte de Anatel.
Cabe destacar que aunque la resolución se publicó en 2023, su entrada en vigor se pospuso hasta el 1 de septiembre de 2025. Los principales operadores brasileños Vivo, Claro, TIM, Algar, Oi y todos los agregadores locales de SMS deben cumplir todos sus requisitos. Es también base jurídica fundamental para el registro de Sender-ID, control de riesgos de contenido y auditorías de cumplimiento de clientes finales. La Resolução nº 765/2023 entró en vigor el 01/09/2025.
