México crea el registro REPEP para regular la telemercadotecnia

México publicó un informe de cumplimiento sobre llamadas salientes y privacidad de las personas. El documento presenta el registro nacional de no llamar REPEP operado por PROFECO, establece las restricciones horarias para llamadas salientes de telemercadotecnia, describe el listado REUS para el sector financiero, la normativa de protección de datos, las atribuciones de los organismos reguladores y entrega recomendaciones prácticas de cumplimiento para empresas nacionales y extranjeras que realizan servicios de llamadas salientes.

REPEP es el Registro Público para Evitar Publicidad. Los consumidores pueden registrar gratuitamente sus números celulares y fijos para rechazar llamadas de oferta de bienes y servicios, a través del sitio web oficial y líneas telefónicas autorizadas. Las empresas que efectúan llamadas de mercadotecnia saliente deben suscribirse, descargar y actualizar periódicamente el listado REPEP para filtrar sus bases de llamadas y no comunicarse a los números registrados. Las empresas infractoras se exponen a multas elevadas y, en casos graves, pueden recibir órdenes de suspensión de actividades. Quedan exceptuadas las llamadas de cobranza de deudas, propaganda política, recaudación de fondos benéficos y encuestas de opinión. La oferta de productos financieros se rige por otro listado de exclusión denominado REUS administrado por CONDUSEF, el cual también deben observar las instituciones financieras.

Las reformas legales establecen límites horarios para llamadas mercadotécnicas: solo se pueden realizar llamadas promocionales de lunes a viernes entre las 08:00 y las 19:00 hora local. Queda prohibida la telemercadotecnia saliente los fines de semana y días festivos oficiales. El informe también detalla las obligaciones en materia de tratamiento de datos personales previstas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Las empresas deben emitir avisos de privacidad, respetar los derechos ARCO de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los titulares y garantizar el cumplimiento normativo en la grabación de llamadas.

Para empresas extranjeras que atienden usuarios mexicanos, el informe advierte que las reglas descritas son aplicables incluso si la empresa no tiene presencia en México. Deben utilizar identificadores de llamante legítimos, mantener listas internas de no llamar y conservar registros de cumplimiento, para evitar riesgos como el bloqueo de números por parte de operadores y sanciones regulatorias.