El SUNDDE de Venezuela ha definido seis normativas operativas obligatorias dirigidas a los SMS de mercadeo A2P, que abarcan mecanismo de baja, control de horarios de envío, límites de frecuencia, sincronización de lista negra, declaración previa de promociones y régimen de exención para mensajes transaccionales. Estas disposiciones constituyen el estándar de cumplimiento diario para empresas que operan servicios de SMS publicitarios en Venezuela.
Primera: mecanismo de baja. Todo mensaje de mercadeo debe incluir al final la plantilla de baja estándar en español con la palabra PARA. El usuario cancela su suscripción respondiendo la palabra clave indicada. La solicitud de baja debe ser gratuita y surtir efecto inmediato. Se prohíben rutas de baja complejas o pasos adicionales para el usuario.
Segunda: control de horarios de envío. El sistema debe contar con un interruptor de bloqueo automático para mensajes de mercadeo entre las 22:00 y las 08:00 del día siguiente. Durante la franja nocturna se suspende automáticamente el envío de todos los SMS promocionales para no perturbar el descanso de los usuarios. Los mensajes puramente transaccionales no están sujetos a esta restricción horaria.
Tercera: límite de frecuencia de envío. El backend debe configurar un tope máximo de 3 mensajes de mercadeo por número telefónico cada semana. Un mismo usuario no podrá recibir más de tres mensajes promocionales por semana para evitar abusos y reclamos. Los mensajes que superen este límite son descartados automáticamente por el sistema.
Cuarta: sincronización de lista negra por baja. Cuando un usuario solicita la baja, su número pasa inmediatamente a una lista negra permanente, y el bloqueo debe sincronizarse entre distintos Sender ID y canales de envío. Si el usuario se da de baja de mensajes de la Marca A, no se le puede enviar mercadeo ni de la Marca B ni otras campañas de la misma empresa. Está prohibido burlar la baja cambiando el identificador del remitente.
Quinta: declaración escrita previa de campañas promocionales. Todo contenido promocional debe ser presentado por escrito ante el SUNDDE antes de su difusión. El envío solo se autoriza después de obtener el número de referencia oficial. Los mensajes promocionales sin declaración previa no serán liberados por el sistema.
Sexta: régimen de exención para avisos transaccionales. Los mensajes puramente transaccionales (códigos OTP, facturación, logística, alertas de sistema, etc.) quedan exentos de trámite ante el SUNDDE siempre que no contengan ningún texto comercial como descuentos, ofertas o sorteos. Si un aviso transaccional incorpora contenido promocional, todo el mensaje se clasifica como mercadeo y debe cumplir todo el régimen de aprobación y control para mensajes publicitarios.
