Nueva norma de OSIPTEL limita a 7 líneas móviles por persona natural

OSIPTEL, el regulador peruano de telecomunicaciones, aprobó la Resolución n.° 000092‑2026‑CD/OSIPTEL para dar cumplimiento al Decreto Legislativo DL 1738. La norma fija en 7 el número máximo de líneas móviles que puede registrar una misma persona natural. Los operadores deben comprobar este límite al momento de la contratación, con el fin de combatir la acumulación masiva de tarjetas SIM destinadas a fraudes y mensajes A2P de acoso.

OSIPTEL publicó la Resolución n.° 000092‑2026‑CD/OSIPTEL, norma complementaria del DL 1738, que establece que cada persona natural puede contar con un máximo de 7 líneas telefónicas móviles. Los operadores deben verificar dicho límite en cada nueva contratación para mitigar el uso de SIM masivas en fraudes y envíos abusivos de SMS A2P.

El regulador implementará un sistema central de verificación. Todos los operadores móviles tendrán un plazo de seis meses para realizar la interconexión. Para cada nueva contratación, el operador debe consultar la plataforma central. Salvo excepciones previstas en la normativa, no se podrá habilitar nuevos servicios móviles si la persona ya supera el límite de 7 líneas.

La detección de usuarios con líneas excedentes se realiza mediante Renteseg, el Registro Nacional de Seguridad de Equipos Terminales Móviles. Una vez identificado el caso, el operador enviará notificaciones por SMS y correo electrónico durante diez días hábiles consecutivos, instando al usuario a dar de baja las líneas sobrantes o realizar la transferencia de titularidad. Recibida la alerta de Renteseg, el operador debe notificar al usuario en el primer día hábil y suspender las líneas excedentes en el segundo día hábil. Durante la suspensión no se cobrarán consumos en líneas pospago y los saldos prepagos deberán ser devueltos.

El documento incorpora medidas adicionales: validación de identidad de personas extranjeras, restricciones de activación solicitadas por el propio usuario y obligación de reportar y conservar los datos de contratación. Se establecen sanciones para operadores que habiliten líneas por encima del límite o no emitan las notificaciones correspondientes. Esta disposición reduce desde el origen los recursos SIM grises utilizados en A2P y es una pieza clave en la lucha contra comunicaciones anónimas ilícitas en Perú.