El 30 de septiembre, la Comisión Federal de Comunicaciones de EE. UU. (FCC) aprobó mediante votación nuevas reglas de la TCPA (Ley de Protección al Consumidor Telefónico), que modifican las normas de cancelación de suscripción para llamadas automáticas y mensajes de texto robóticos, permitiendo a las empresas designar vías exclusivas para que los usuarios revoquen su consentimiento de marketing.
La regla anterior, vigente desde 2015, exigía a las empresas aceptar las solicitudes de cancelación enviadas por los usuarios a través de cualquier medio razonable, debiendo procesar las solicitudes recibidas por diversos canales, como de forma verbal ante el servicio de atención al cliente o por correo postal ordinario. Las empresas señalaron que este estándar implicaba elevados costos de cumplimiento normativo y podía generar fácilmente disputas legales. La nueva regla establece tres tipos de métodos exclusivos de cancelación que cumplen con la normativa: cancelación automática mediante teclado durante la llamada, uso de cualquiera de las siguientes palabras estandarizadas (“stop,” “quit,” “end,” “revoke,” “opt out,” “cancel,” “unsubscribe”), o el sitio web o número de teléfono designado por la empresa. Siempre que la empresa indique el método de cancelación de forma visible en cada llamada y cada mensaje de texto, no estará obligada a procesar las solicitudes de cancelación enviadas por otros canales; si la empresa no designa un canal exclusivo, seguirá aplicándose el estándar anterior de “cualquier medio razonable”.
Asimismo, la nueva normativa distingue entre tipos de mensajes: la cancelación de mensajes de marketing implica la cancelación en todos los canales de marketing; en el caso de los SMS de notificación, como los recordatorios de facturación, la cancelación por parte del usuario solo surte efecto para esa categoría de mensajes y no bloqueará otras notificaciones, como las alertas de control de riesgos. Las solicitudes de cancelación deberán procesarse en un plazo de 10 días hábiles. La regla entrará en vigor oficialmente 30 días después de su publicación en el “Registro Federal” y deja sin efecto el requisito de “cancelación total con un solo clic”, previsto originalmente para entrar en vigor en enero de 2027.
